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Condiciones Generales de Venta

Artículo 1 - Definiciones
En las presentes condiciones se entiende por:
1. Contrato complementario: un contrato mediante el cual el consumidor adquiere productos, contenido digital y/o servicios en relación con un contrato a distancia, siendo dichos productos, contenidos digitales y/o servicios suministrados por el empresario o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre ese tercero y el empresario;
2. Plazo de desistimiento: el plazo durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
3. Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional;
4. Día: día natural;
5. Contenido digital: datos producidos y suministrados en formato digital;
6. Contrato de tracto sucesivo: un contrato que tiene por objeto el suministro regular de bienes, servicios y/o contenido digital durante un período determinado;
7. Soporte duradero: cualquier instrumento —incluido el correo electrónico— que permita al consumidor o al empresario almacenar la información que se le dirige personalmente, de forma que pueda consultarla o utilizarla en el futuro durante un período adecuado a los fines de dicha información, y que permita la reproducción sin cambios de la información almacenada;
8. Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de renunciar al contrato a distancia dentro del plazo de desistimiento;
9. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos, (acceso a) contenido digital y/o servicios a distancia a los consumidores;
10. Contrato a distancia: un contrato celebrado entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenido digital y/o servicios, en el que, hasta la celebración del contrato, se utiliza exclusiva o parcialmente una o varias técnicas de comunicación a distancia;
11. Formulario tipo de desistimiento: el formulario tipo europeo de desistimiento;
12. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para la celebración de un contrato sin que consumidor y empresario deban reunirse simultáneamente en el mismo espacio;

Artículo 2 – Identidad del empresario
Nombre del empresario: HOM-SHOP.COM
Dirección de establecimiento: Nieuwstraat 7 4921 CT Made Países Bajos
Correo electrónico: [email protected]
Número de registro mercantil: 75727080
Número de identificación fiscal (IVA): NL860.375.985.B01

Si la actividad del empresario está sujeta a un régimen de autorización pertinente: los
datos de la autoridad supervisora;

Si el empresario ejerce una profesión regulada:
- la asociación u organización profesional a la que pertenece;
- el título profesional y el lugar de la UE o del Espacio Económico Europeo donde fue otorgado;
- una referencia a las normas profesionales aplicables en los Países Bajos e indicaciones sobre dónde y cómo se puede acceder a ellas.

Artículo 3 – Aplicabilidad
1. Las presentes condiciones generales son de aplicación a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado entre el empresario y un consumidor residente en la Unión Europea.
2. Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si ello no fuera razonablemente posible, el empresario indicará, antes de la celebración del contrato a distancia, de qué manera pueden consultarse las condiciones generales y que se enviarán gratuitamente lo antes posible a petición del consumidor.
3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior y antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de tal manera que este pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si ello no fuera razonablemente posible, se indicará, antes de la celebración del contrato a distancia, dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que se enviarán gratuitamente por vía electrónica o de otro modo a petición del consumidor.
4. En caso de que, además de las presentes condiciones generales, sean también de aplicación condiciones específicas de productos o servicios, los apartados 2 y 3 se aplicarán por analogía, y el consumidor podrá siempre invocar la disposición aplicable que le resulte más favorable en caso de condiciones contradictorias.

Artículo 4 – La oferta
1. Si una oferta tiene una duración de validez limitada o está sujeta a condiciones, esto se mencionará expresamente en la oferta.
2. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos, el contenido digital y/o los servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir una correcta evaluación de la oferta por parte del consumidor. Si el empresario utiliza imágenes, estas constituyen una representación fiel de los productos, servicios y/o contenido digital ofrecidos. Los errores manifiestos en la oferta no vinculan al empresario.
3. Cada oferta contiene información tal que el consumidor comprenda claramente cuáles son los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta.

Artículo 5 – El contrato
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se perfecciona en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas.
2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora, por vía electrónica, la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de dicha aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.
3. Si el contrato se celebra electrónicamente, el empresario adoptará medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de la transmisión electrónica de datos y velará por un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas de seguridad adecuadas a tal fin.
4. El empresario podrá, dentro de los límites legales, informarse acerca de si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como de todos los hechos y factores relevantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si, en virtud de esta comprobación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tendrá derecho a rechazar de forma motivada un pedido o solicitud, o a vincular su ejecución a condiciones especiales.
5. El empresario remitirá al consumidor, a más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital, por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarla de manera accesible en un soporte duradero, la siguiente información:
a. la dirección del establecimiento del empresario a la que el consumidor puede dirigir sus reclamaciones;
b. las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara de la exclusión de dicho derecho;
c. la información sobre garantías y el servicio postventa existente;
d. el precio, con todos los impuestos incluidos, del producto, servicio o contenido digital; en su caso, los gastos de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
e. los requisitos para la resolución del contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;
f. si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el formulario tipo de desistimiento.
6. En caso de operación de tracto sucesivo, lo dispuesto en el apartado anterior solo será de aplicación a la primera entrega.

Artículo 6 – Derecho de desistimiento
Para productos:
1. El consumidor podrá resolver un contrato relativo a la compra de un producto durante un plazo de desistimiento de al menos 14 días sin necesidad de justificación. El empresario podrá preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no podrá obligarle a comunicarlo.
2. El plazo de desistimiento mencionado en el apartado 1 comenzará el día siguiente a aquel en que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor que no sea el transportista, haya recibido el producto, o:
a. si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último producto. El empresario podrá, siempre que haya informado claramente de ello al consumidor antes del proceso de compra, rechazar un pedido de varios productos con distinto plazo de entrega.
b. si la entrega de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último envío o la última parte;
c. en contratos para la entrega regular de productos durante un período determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el primer producto.

Para servicios y contenido digital no suministrado en un soporte material:
3. El consumidor podrá resolver un contrato de servicios y un contrato de suministro de contenido digital no suministrado en un soporte material durante al menos 14 días sin necesidad de justificación. El empresario podrá preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no podrá obligarle a comunicarlo.
4. El plazo de desistimiento mencionado en el apartado 3 comenzará el día siguiente a la celebración del contrato.

Ampliación del plazo de desistimiento para productos, servicios y contenido digital no suministrado en un soporte material en caso de falta de información sobre el derecho de desistimiento:
5. Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento o el formulario tipo de desistimiento, el plazo de desistimiento finalizará doce meses después del final del plazo de desistimiento original, determinado conforme a los apartados anteriores de este artículo.
6. Si el empresario ha facilitado al consumidor la información mencionada en el apartado anterior dentro de los doce meses siguientes a la fecha de inicio del plazo de desistimiento original, el plazo de desistimiento expirará 14 días después del día en que el consumidor haya recibido dicha información.

Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el plazo de desistimiento
1. Durante el plazo de desistimiento, el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar su naturaleza, características y funcionamiento. El principio a seguir es que el consumidor solo podrá manipular e inspeccionar el producto como se le permitiría hacerlo en una tienda.
2. El consumidor solo será responsable de la disminución del valor del producto que resulte de una manipulación del producto que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.
3. El consumidor no será responsable de la disminución del valor del producto si el empresario no le ha facilitado, antes o en el momento de la celebración del contrato, toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento.

Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por el consumidor y costes derivados
1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, lo comunicará dentro del plazo de desistimiento mediante el formulario tipo de desistimiento, a través de la función de desistimiento en línea puesta a disposición por el empresario, o de cualquier otra forma inequívoca al empresario.
2. Lo antes posible, pero dentro de los 14 días siguientes al día posterior a la comunicación mencionada en el apartado 1, el consumidor devolverá el producto o lo entregará a (un representante autorizado de) el empresario. Esto no será necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger él mismo el producto. El consumidor habrá respetado el plazo de devolución en todo caso si devuelve el producto antes de que finalice el plazo de desistimiento.
3. El consumidor devolverá el producto con todos los accesorios suministrados, si razonablemente es posible en su estado y embalaje originales, y conforme a las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
4. El riesgo y la carga de la prueba del correcto y puntual ejercicio del derecho de desistimiento corresponden al consumidor.
5. El consumidor soportará los costes directos de la devolución del producto. Si el empresario no ha informado de que el consumidor debe soportar estos costes, o si el empresario indica que los asume él mismo, el consumidor no tendrá que soportar los costes de devolución.
6. Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad, no acondicionados para la venta en un volumen o cantidad limitado, comience durante el plazo de desistimiento, el consumidor deberá abonar al empresario un importe proporcional a la parte de la obligación cumplida por el empresario en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento completo de la obligación.
7. El consumidor no soportará costes por la prestación de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad, no acondicionados para la venta en un volumen o cantidad limitado, o por el suministro de calefacción urbana, si:
a. el empresario no le ha facilitado la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento, la compensación de costes en caso de desistimiento o el formulario tipo de desistimiento, o;
b. el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la prestación del servicio o del suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el plazo de desistimiento.
8. El consumidor no soportará costes por el suministro total o parcial de contenido digital no suministrado en un soporte material, si:
a. antes del suministro no ha dado su consentimiento expreso al inicio de la ejecución del contrato antes de que finalice el plazo de desistimiento;
b. no ha reconocido que pierde su derecho de desistimiento al dar su consentimiento; o
c. el empresario ha omitido confirmar esta declaración del consumidor.
9. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos complementarios quedarán resueltos de pleno derecho.

Artículo 9 – Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
1. Si el empresario permite que la comunicación del desistimiento por el consumidor se realice por vía electrónica, enviará sin demora un acuse de recibo tras la recepción de dicha comunicación.
2. El empresario reembolsará todos los pagos del consumidor, incluidos los eventuales gastos de entrega facturados por el empresario por el producto devuelto, sin demora y en un plazo máximo de 14 días desde el día en que el consumidor le haya comunicado el desistimiento. Salvo que el empresario se ofrezca a recoger él mismo el producto, podrá esperar para reembolsar hasta que haya recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que lo ha devuelto, lo que ocurra primero.
3. El empresario utilizará para el reembolso el mismo medio de pago que el consumidor haya utilizado, a menos que el consumidor consienta otro método. El reembolso será gratuito para el consumidor.
4. Si el consumidor ha elegido un método de entrega más costoso que la entrega estándar más económica, el empresario no estará obligado a reembolsar los costes adicionales de dicho método más costoso.

Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario podrá excluir del derecho de desistimiento los siguientes productos y servicios, pero solo si el empresario lo ha mencionado claramente en la oferta, o en todo caso a tiempo antes de la celebración del contrato:
1. Productos o servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga ningún control y que puedan producirse dentro del plazo de desistimiento;
2. Contratos celebrados durante una subasta pública. Se entiende por subasta pública un método de venta en el que los productos, contenido digital y/o servicios son ofrecidos por el empresario al consumidor, presente personalmente o con la posibilidad de estar presente personalmente en la subasta, bajo la dirección de un subastador, y en el que el postor ganador está obligado a adquirir los productos, el contenido digital y/o los servicios;
3. Contratos de servicios, tras la ejecución completa del servicio, pero solo si:
a. la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento una vez que el empresario haya ejecutado íntegramente el contrato;
4. Contratos de servicios de puesta a disposición de alojamiento, si en el contrato se prevé una fecha o período de ejecución determinado, y distintos de los destinados a fines de vivienda, transporte de mercancías, servicios de alquiler de vehículos y catering;
5. Contratos relativos a actividades de ocio, si en el contrato se prevé una fecha o período de ejecución determinado;
6. Productos confeccionados según las especificaciones del consumidor, que no sean prefabricados y se elaboren sobre la base de una elección o decisión individual del consumidor, o que estén claramente destinados a una persona concreta;
7. Productos que se deterioren rápidamente o tengan una fecha de caducidad limitada;
8. Productos que, por razones de protección de la salud o de higiene, no sean aptos para su devolución;
9. Productos que, tras la entrega, se hayan mezclado de forma irreversible con otros productos por su propia naturaleza;
10. Bebidas alcohólicas cuyo precio se haya acordado en el momento de la celebración del contrato, pero cuya entrega solo pueda tener lugar después de 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tenga ningún control;
11. Ropa interior y de baño cuyo precinto se haya roto tras la entrega no podrán devolverse por motivos de higiene;
12. Periódicos, revistas o publicaciones periódicas, salvo las suscripciones a estos;
13. El suministro de contenido digital no realizado en un soporte material, pero solo si:
a. la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que con ello pierde su derecho de desistimiento.

Artículo 11 – El precio
1. Durante el período de validez mencionado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo las variaciones de precio derivadas de cambios en los tipos de IVA.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer con precios variables productos o servicios cuyos precios estén ligados a fluctuaciones del mercado financiero y sobre los que el empresario no tenga ningún control. Esta dependencia de las fluctuaciones y el hecho de que los precios eventualmente mencionados sean orientativos se indicarán en la oferta.
3. Los aumentos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo se permitirán si resultan de normativas o disposiciones legales.
4. Los aumentos de precio a partir de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo se permitirán si el empresario lo ha estipulado y:
a. resultan de normativas o disposiciones legales; o
b. el consumidor tiene la facultad de resolver el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
5. Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

Artículo 12 – Cumplimiento del contrato y garantía adicional
1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, las especificaciones mencionadas en la oferta, los requisitos razonables de idoneidad y/o utilidad y las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se ha acordado, el empresario garantiza asimismo que el producto es apto para un uso distinto del habitual.
2. Una garantía adicional otorgada por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limitará los derechos y acciones legales que el consumidor pueda ejercer frente al empresario en virtud del contrato si el empresario ha incumplido su parte del mismo.
3. Se entiende por garantía adicional cualquier compromiso del empresario, su proveedor, importador o fabricante, mediante el cual otorgue al consumidor determinados derechos o acciones que vayan más allá de lo que está legalmente obligado en caso de incumplimiento de su parte del contrato.

Artículo 13 – Entrega y ejecución
1. El empresario prestará la máxima diligencia en la recepción y ejecución de los pedidos de productos y en la evaluación de las solicitudes de prestación de servicios.
2. Se considerará lugar de entrega la dirección que el consumidor haya comunicado al empresario.
3. Teniendo en cuenta lo dispuesto al respecto en el artículo 4 de las presentes condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la diligencia debida y a más tardar dentro de los 30 días, salvo que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega sufre retraso, o si un pedido no puede ejecutarse total o parcialmente, el consumidor recibirá noticia de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En tal caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin coste alguno y derecho a una eventual indemnización.
4. Tras la resolución conforme al apartado anterior, el empresario reembolsará sin demora el importe que el consumidor haya pagado.
5. El riesgo de deterioro y/o pérdida de los productos corresponderá al empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y notificado al empresario, salvo que se acuerde expresamente lo contrario.

Artículo 14 – Operaciones de tracto sucesivo: duración, resolución y prórroga
Resolución:
1. El consumidor podrá resolver en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido y que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de resolución acordadas al efecto y un plazo de preaviso máximo de un mes.
2. El consumidor podrá resolver en cualquier momento, antes del final del plazo determinado, un contrato celebrado por tiempo determinado y que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de resolución acordadas al efecto y un plazo de preaviso máximo de un mes.
3. El consumidor podrá resolver los contratos mencionados en los apartados anteriores:
- en cualquier momento y sin limitarse a un momento o período determinado;
- al menos de la misma manera en que fueron celebrados;
- siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario se haya reservado para sí mismo.
Prórroga:
4. Un contrato celebrado por tiempo determinado y que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse o renovarse tácitamente por un plazo determinado.
5. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado y que tenga por objeto la entrega regular de diarios, boletines de noticias y semanarios y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un plazo determinado de un máximo de tres meses, si el consumidor puede resolver este contrato prorrogado antes del final de la prórroga con un preaviso máximo de un mes.
6. Un contrato celebrado por tiempo determinado y que tenga por objeto la entrega regular de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede resolverlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes. El preaviso será como máximo de tres meses en caso de que el contrato tenga por objeto la entrega regular, pero con una frecuencia inferior a una vez al mes, de diarios, boletines de noticias y semanarios y revistas.
7. Un contrato de duración limitada para la entrega regular, a modo de prueba, de diarios, boletines de noticias y semanarios y revistas (suscripción de prueba o de familiarización) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al terminar el período de prueba o de familiarización.
Duración:
8. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá, transcurrido un año, resolver el contrato en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la resolución antes de finalizar el plazo acordado.

Artículo 15 – Pago
1. Salvo que se haya acordado otra cosa en el contrato o en condiciones complementarias, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse dentro de los 14 días siguientes al inicio del plazo de desistimiento, o, en ausencia de dicho plazo, dentro de los 14 días siguientes a la celebración del contrato. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comenzará el día posterior a aquel en que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
2. En la venta de productos a consumidores, el consumidor nunca podrá estar obligado, en las condiciones generales, a un pago anticipado de más del 50 %. Cuando se haya estipulado un pago anticipado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho respecto a la ejecución del pedido o servicio(s) correspondiente(s) antes de que se haya efectuado el pago anticipado estipulado.
3. El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago proporcionados o indicados.
4. Si el consumidor no cumple a tiempo su(s) obligación(es) de pago, tras haber sido advertido por el empresario del retraso en el pago y una vez que el empresario le haya concedido un plazo de 14 días para cumplir con sus obligaciones de pago, en caso de impago dentro de este plazo de 14 días, deberá el interés legal sobre el importe pendiente, y el empresario tendrá derecho a repercutir los gastos de cobro extrajudiciales en que haya incurrido. Estos gastos de cobro ascenderán como máximo a: 15 % sobre los importes pendientes hasta 2.500 €; 10 % sobre los siguientes 2.500 € y 5 % sobre los siguientes 5.000 €, con un mínimo de 40 €. El empresario podrá, en beneficio del consumidor, apartarse de dichos importes y porcentajes.

Artículo 16 – Gestión de reclamaciones
1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones suficientemente divulgado y tramita la reclamación conforme a dicho procedimiento.
2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario en un plazo razonable tras haber constatado el consumidor los defectos, de forma completa y claramente descrita.
3. Las reclamaciones presentadas al empresario se responderán en un plazo de 14 días contados desde la fecha de recepción. Si una reclamación requiere previsiblemente un plazo de tramitación más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede el consumidor esperar una respuesta más completa.

Artículo 17 – Disposiciones adicionales o modificativas
Las disposiciones adicionales o que se aparten de estas condiciones generales no podrán ser en perjuicio del consumidor y deberán constar por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarlas de manera accesible en un soporte duradero.

Artículo 18 – Litigios
A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren las presentes condiciones generales les será de aplicación exclusivamente el derecho neerlandés.

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